Excedencia Forzosa

Cuando hablamos de excedencia, nos referimos a la suspensión temporal de un contrato de trabajo por determinadas causas. En cuanto a la excedencia forzosa, esta pertenece a uno de los tipos de suspensión, en donde el trabajador se ve obligado a desempeñar un deber público específico.   

Todos los aspectos que debes tener en cuenta sobre la excedencia forzosa 

Características de una excedencia forzosa 

La excedencia forzosa consiste en la suspensión del contrato laboral durante un tiempo determinado, a causa de un deber público que el empleado debe realizar. En este tipo de excedencia, el trabajador tiene derecho a conservar su puesto, así como la antigüedad que lleve en el mismo. Una vez que el trabajador termine su deber en el cargo público, podrá reintegrarse al mes siguiente. 

Las principales causas para poder llevar a cabo una excedencia forzosa son dos: 

  • Que el empleado haya sido asignado para desempeñar un cargo público, que le impida continuar asistiendo a la empresa con regularidad.
  • Que el trabajador deba realizar determinadas funciones sindicales de carácter estatal o nacional. 
  • Que el empleado deba cumplir un deber público determinado. 

Requisitos de la excedencia forzosa 

La excedencia forzosa es un derecho al cual todo trabajador puede apelar y las empresas están obligadas a concederla. No son necesarios requisitos formales por parte del trabajador para poder solicitar este tipo de suspensión laboral. Dentro de la excedencia forzosa existe la reincorporación al trabajo en las mismas condiciones en las que se dejó, una vez que finalice el período de deber público. Una vez que el empleado haya cesado de ejecutar su deber sindical o público, debe solicitar su reintegro durante los 30 días siguientes. 

La excedencia forzosa no tiene un solo período de duración, a diferencia de otras suspensiones laborales. La cantidad de días o meses será en función de la duración del cargo sindical. Algo a destacar es que la ausencia del trabajador durante la excedencia forzosa no afecta al cómputo de antigüedad que este lleve. Por el contrario, los días de suspensión deben tomarse en cuenta como trabajados. 

Qué podemos entender por cargo público 

Para que una excedencia forzosa sea válida, debe entenderse el concepto de cargo público. Para que un deber tenga el carácter necesario como para pedir una excedencia forzosa, este debe cumplir con las siguientes características:

  • Debe ser un cargo de carácter temporal, el cual suele tener un nombramiento por parte de alguna autoridad y se suele acceder al mismo por designación. 
  • Puede ser un cargo político, en donde estén involucradas las decisiones laborales administrativas y políticas de determinado espacio.
  • No es un empleo en empresas públicas, puesto que de lo contrario los trabajadores se aprovecharían teniendo “dos empleos”, y siendo financiados por el área privada, por ejemplo. 
  • Puede ser un cargo relativo a funciones sindicales, cuyo carácter sea provincial o nacional. 
  • También puede ser un deber penal, en donde el empleado deba ser miembro de un jurado en determinado procedimiento. 

Procedimiento para apelar a la excedencia forzosa

No es necesario un procedimiento demasiado específico para la excedencia forzosa, puesto que no hay nada indicado en la ley. Sin embargo, es conveniente hacer la solicitud a la empresa por escrito y con antelación, para que esta pueda tomar las medidas indicadas. La compañía debe conceder la excedencia forzosa de forma obligatoria, puesto que de lo contrario el trabajador puede acudir a los tribunales. 

Dentro de la excedencia forzosa todo trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo, sin importar el tiempo que ésta dure. Sin embargo, este tiempo en específico, a pesar de ser calculado como horas trabajadas, no valdrá para el conteo final de indemnización por despido. La excedencia forzosa puede pedirse, independientemente de que el trabajador esté en un contrato temporal o indefinido.